Preguntas frecuentes CDA ECOTEST

¿Cada cuánto debo revisar gases a mi vehículo?

El Decreto 019 de 2012, Capitulo 15, Artículo 52, expresa lo siguiente:Los vehículos nuevos de servicio particular diferentes a motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes a partir del sexto (6°) año contado a partir de la fecha de su matrícula, luego anualmente.

Los vehículos nuevos de servicio público, así como motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes al cumplir dos (2) años contados a partir de su fecha de matrícula, luego anualmente.

Los vehículos automotores de placas extranjeras que ingresan temporalmente y hasta por tres (3) meses al país, no requerirán la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes.

no aprueba la revisión Técnico-Mecánica y Emisiones Contaminantes?¿Qué debo hacer si la motocicleta

¿Qué debo hacer si la motocicleta no aprueba la revisión Técnico-Mecánica y Emisiones Contaminantes?

Según el artículo 6 de la resolución 5111 el propietario o tenedor de un vehículo automotor que habiendo sido sometido a la Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones contaminantes no lo haya aprobado, contará por una sola vez con un término de quince (15) días calendario, contador a partir de la fecha de su reprobación, para efectuar las reparaciones pertinentes y presentarlo al mismo Centro de Diagnóstico Automotor, para su revisión sin costo alguno. Vencido este plazo o no habiendo aprobado está segunda revisión, deberá someterse nuevamente al proceso de Revisión Técnico-Mecánica y de Emisiones Contaminantes asumiendo su costo.
contaminantes para vehículos nuevos?¿Cuándo se debe efectuar la revisión técnico- mecánica y de emisiones

¿Cuándo se debe efectuar la revisión técnico- mecánica y de emisiones contaminantes para vehículos nuevos?

El Decreto 019 de 2012, Capitulo 15, Artículo 52, expresa lo siguiente:Los vehículos nuevos de servicio particular diferentes a motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes a partir del sexto (6°) año contado a partir de la fecha de su matrícula, luego anualmente.

revisión técnico mecánica y de gases?¿Quienes están exentos de

¿Quienes están exentos de revisión técnico mecánica y de gases?

La resolución 3500 del 21 de noviembre de 2005, en el parágrafo del artículo 17 determina: los vehículos automotores registrados como clásicos o antiguos, agrícolas, montacargas, sidecar, la maquinaría rodante de construcción y minería, no están sometidos a las revisiones técnico mecánica y de emisiones contaminante de que trata la presente resolución.
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COMENTARIOS

  • Carlos Eduardo Montoya Rojas  
    11 meses
    responder

    Tengo una moto eléctrica, ustedes le hacen la revisión técnico mecánica?
    Placa KEF78F , Modelo 2019, Marca NIU N Sport – Cilindraje 0 – El SOAT está vencido, la Revisón TM no la he realizado, solo he recorrido 1.700 kilómetros con la moto Estoy atento a sus direccionamientos

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